¡Preguntas!
¿Cuál es el epígrafe del IAE más adecuado para nosotros?, Algo he leído sobre el CNAE (creo que pertenecemos al grupo 9001) ¿qué diferencia hay entre el CNAE y el IAE?, ¿es necesario conocerlo para algo?
Saludos!
JC
He consultado con varios gestores y todos coinciden en lo mismo, el echo de no estar dado de alta en la seguridad social aunque la facturación sea muy baja puede producir las sanciones correspondientes por parte de la inspección de trabajo.
El criterio de “penalizar” al que no se encuentra dado de alta queda a criterio del inspector que recoja el caso, y las posibilidades de salir airoso de utilizar esta “pequeña trampa” de no considerar las actuaciones que se facturan de este modo, como fuente de ingresos habitual no son muchas.
Por eso me gustaría saber en qué ley, o norma se vasa la idea que se plantea aquí de no ser necesario el alta en la seguridad social.
Gracias.
Devices in use: Phone (1)